martes, 1 de junio de 2010

Corte de arbitraje para proprietarios y inquilinos


El Sistema Arbitral de Comunidades de Propietarios está destinado a solucionar los problemas derivados de los retrasos o morosidades en el pago de cuotas y derramas, que inevitablemente surgen en las Comunidades de Propietarios.

Solucionar el retraso o morosidad en cuotas y derramas tiene fecha concreta y no se puede dilatar porque o bien se llega a un acuerdo o solución amistosa, civilizada y diligente, o bien en un plazo máximo de 30 días desde la notificación del inicio del procedimiento, se obtiene la solución con un Laudo o Sentencia Arbitral de carácter firme y de ineludible cumplimiento.

Las principales ventajas que ofrece el sistema arbitral de Comunidades de Propietarios de la Corte de Arbitraje son:

Efectividad: Se dicta Laudo o Sentencia Arbitral que tiene el mismo valor que una Sentencia Firme, no recurrible, y de obligado cumplimiento.

Economía: No son necesarios abogado ni procurador, no es necesaria provisión de fondos y en el caso de incumplimiento la parte condenada paga las costas del procedimiento, además de los gastos de notificaciones.

Sencillez: Todos los términos y fases del procedimiento son claros y con un lenguaje sencillo.

Comodidad: El procedimiento, en caso de producirse, se tramita por escrito y mediante pruebas documentadas sin necesidad de realizar ningún desplazamiento.

Rapidez: Con el Compromiso de Calidad asumido por la Corte de Arbitraje se garantiza obtener el Laudo o Sentencia Arbitral en un plazo no superior a 30 días desde la notificación del inicio del procedimiento. Si la administración del procedimiento se demora un solo día, la propia Corte de Arbitraje adelanta las cantidades reclamadas.

Para más información: www.lacortedearbitraje.es

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